Presentaron el libro del Código Ambiental de Resistencia
Concluye una etapa que comenzó tiempo atrás con la aprobación, en segunda lectura, de la ordenanza que modifica el Código Ambiental de Resistencia. En ese momento, los ediles habían destacado que era "una herramienta fundamental para avanzar en la mejora de la calidad de vida a los vecinos". Este martes, el Presidente del Concejo Municipal junto a especialistas, autoridades y Concejales, presentaron oficialmente el libro del Código Ambiental de Resistencia, -Ordenanza N° 12608-.
Al momento de esa sanción, la edil Gricelda Ojeda había manifestado que “es un orgullo porque a partir de 2016 empezamos a trabajar con esta iniciativa que salió de la Presidencia del Concejo, como una decisión política. Logramos poner el Código Ambiental a la altura de la circunstancias, de la demanda de la ciudad”.
“Agradezco a mis pares por el trabajo conjunto y la participación ciudadana en todas las actividades que se generaron, que llevaron mucho tiempo pero lo importante era contar con la opinión de los vecinos, que son quienes en definitiva se van a ver beneficiados con esta ordenanza, que significará una mejora en la calidad de vida”, resaltó.
QUÉ ESTABLECÍA EL NUEVO CÓDIGO
En marzo de este año, el Concejo Municipal de Resistencia aprobó, en segunda lectura, la ordenanza con modificaciones, que permitió la creación del Código Ambiental para la capital chaqueña. Presidida por Gustavo Martínez, en la sesión de este martes se sancionó con fuerza de ordenanza la puesta en marcha de la Ecotasa, como recurso propio y de uso específico para la preservación del medio ambiente y mejora del mismo.
Se implementará el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), que estará integrado por las siguientes etapas, bajo pena de nulidad: La manifestación general, los estudios de impacto ambiental, dictamen técnico, audiencia pública, licencia ambiental, monitoreo ambiental que deberá llevarse a cabo por la autoridad de aplicación durante la ejecución de la obra, declaración de impacto ambiental e informe final que efectuará la autoridad de aplicación.
En caso que se detecten o adviertan la afectación del medio ambiente por las obras, proyectos, planos o programas de funcionamiento con antelación a la vigencia de la presente ordenanza, se podrá solicitar en un plano no menor a los 12 meses, a adecuación a la legislación municipal vigente, previa auditoría expresa emitida por la autoridad de aplicación.
Queda prohibido depositar, derramar, descargar, enterrar, infiltrar o acumular en el suelo, sustancias en cualquier estado potencialmente contaminantes. No se autorizará el ingreso al ejido municipal de residuos para su derrame, depósito, confinamiento, almacenamiento, incineración o cualquier tratamiento para su destrucción o disposición final, salvo autorización expresa.
Los ríos, sus afluentes, riachos y lagunas que se encuentran dentro del ejido de Resistencia, constituyen el sistema de drenaje hídrico natural, El municipio y sus habitantes tienen el deber de preservarlo, absteniéndose de todo acto que constituya un riesgo para su regular funcionamiento.
La autoridad de aplicación se encuentra facultada a fiscalizar la calidad del agua suministrada dentro de la ciudad.
En base a ello, se creará el Juzgado de Faltas Municipal Ambiental, que tendrá la competencia en el juzgamiento de las infracciones al presente Código, de acuerdo a la distribución de las competencias asignadas.
El juez de Faltas Municipal Ambiental será designado en la forma y con los requisitos previstos para el cargo de un juez de faltas, tal lo establecido en la Carta Orgánica Municipal.
Para la Justicia Ambiental Municipal, se aplicará el reglamento interno de los juzgados de faltas, de acuerdo a lo previsto por la ordenanza 1.130.